Coeficientes en propiedad horizontal se calculan teniendo en cuenta el área construida respecto del área privada total del edificio o conjunto (11:42 a.m.)
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27 de Septiembre de 2010
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Para la determinación de coeficientes en propiedad horizontal es necesario tener en cuenta el área privada construida en relación con el área privada total del edificio o conjunto, incluyendo en lo construido elementos como piscinas, caballerizas y galpones, entre otros, siempre que se enmarquen en la suma de las superficies de los pisos, sin azoteas y áreas sin cubrir o techar, señaló el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Las modificaciones de los coeficientes se pueden realizar cuando así se requiera, ya que no se necesitan periodos de tiempo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 675 del 2001 (Régimen de Propiedad Horizontal).
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