15 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 21 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Civil

Civil


Listo fallo que avala suspensión de alimentos ante posible exclusión de paternidad

10 de Julio de 2015

Reproducir
Nota:
17574
Imagen
medi-140828-paternidad-1509242682.jpg

 

La Corte Constitucional publicó el texto de la Sentencia C-258 del pasado 6 de mayo, la cual declaró exequible un aparte del numeral 5° del artículo 386 del Código General del Proceso, el cual permite al juez suspender el decreto provisional de alimentos a cargo del investigado para definir la filiación con un menor, desde que exista fundamento razonable de exclusión de la paternidad.

 

Con el fin de buscar la verdad sobre quién es el padre o la madre de una persona, el juez debe hacer una valoración probatoria basada en los principios de la sana crítica y análisis en conjunto de las pruebas allegadas. Y a pesar de que el decreto de alimentos busque el interés superior del menor, esta prestación no puede imponerse a quien legalmente no está llamado a hacerlo, indicó el fallo.

 

Si bien la expresión “fundamento razonable” es un concepto jurídico indeterminado, la misma norma permite que sea precisado, lo cual impide adoptar decisiones sin motivación y con base en apreciaciones subjetivas, añadió.

 

No obstante, en caso de que la madre o quienes deban proveer los alimentos no tengan los recursos económicos para sostener el niño, el Estado deberá incluirlos en los programas de bienestar necesarios, concluyó la providencia.

 

Aclaración de voto

 

La magistrada María Victoria Calle aclaró el voto y precisó que el juez, al momento de decidir la suspensión, debe atender la prevalencia de los derechos de los menores de edad, para evitar que ello amenace el mínimo vital de estos.

 

En consecuencia, la suspensión solo podrá declararse cuando se cuente con una prueba antropoheredobiológica que excluya la paternidad, existan otros medios encaminados a garantizar el mínimo vital del alimentado y la obligación no recaiga únicamente en la madre cabeza de familia, aseguró Calle.

 

Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.

 

(Corte Constitucional, Sentencia C-258, mayo 6/15, M. P. Jorge Pretelt)

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)