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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Anulan testamento cerrado, testimonios determinaron que el testador no sabía leer ni escribir

25 de Mayo de 2021

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia confirmó una decisión proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga que anuló el testamento cerrado de un hombre que no sabía leer ni escribir.

 

El análisis conjunto de los testimonios de sus hijos y de allegados permitieron demostrar que aquel era analfabeto, lo cual, según el artículo 1079 del Código Civil, impide otorgar testamento, pues el testador estaría en imposibilidad de verificar, por sí mismo, los términos del correspondiente escrito y, por ende, de constatar que su voluntad coincida con lo expresado en él.

 

Así, sobre la base de que una cosa es firmar y otra, bien distinta, saber leer y escribir, sin que de aquella circunstancia pueda forzosamente deducirse esta última, el tribunal estimó que el testamento cerrado otorgado era nulo, pues si bien se acreditó que el testador firmó ese y otros documentos se comprobó que no sabía leer ni escribir.

 

Respecto de las declaraciones de los hijos, los deponentes fueron tachados de sospechosos, siendo evidente su interés en las resultas del juicio, el ad quem indicó que no podían ser el único sustento de la sentencia, por lo que realizó la apreciación conjunta de todos los testimonios rendidos.

 

Dudas del notario

 

De otra parte, se tuvo en cuenta lo previsto en el artículo 1073 del Código Civil, al señalar que si bien esta norma no impone expresamente al notario el deber de verificar si el testador sabe o no leer y escribir, es elemental que ante la duda agote un simple examen como es pasarle un documento para que lo lea, lo cual se omitió en el caso en cuestión y, por el paso del tiempo, no se pudo afirmar o desmentir en la declaración rendida.

 

La postura del sentenciador, indicó el alto tribunal, guarda conformidad con lo establecido en el artículo 211 del Código General del Proceso, según el cual cualquiera de las partes podrá tachar el testimonio de las personas que estén en circunstancias que afecten su credibilidad o imparcialidad, en razón al parentesco, dependencias, sentimientos o interés en relación con las partes.

 

Sin embargo, el argumento más poderoso de la sentencia, como fue que de la valoración conjunta de los testimonios se desprendía que el testador no sabía leer ni escribir, no fue efectiva y certeramente debatido (M. P. Álvaro Fernando García Restrepo).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia SC-17322021 (68001311000520100047801), 05/12/21.

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