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Civil


Juez civil que conoce proceso en el que se cuestiona propiedad estatal debe ordenar pruebas de oficio

Omitir este deber vulnera el derecho al acceso a la administración de justicia: Corte Constitucional.
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26 de Julio de 2012

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Cuando el bien objeto de un proceso civil tiene vocación de bien fiscal, el juez debe ordenar pruebas de oficio para esclarecer la verdad procesal, proteger los derechos fundamentales y a los mismos bienes, pues estos interesan a la comunidad en general.

 

En una sentencia de tutela publicada recientemente, la Corte Constitucional advirtió que omitir ese deber vulnera el derecho al acceso a la administración de justicia.

 

En el caso analizado, la corporación estableció que el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Barranquilla y la Sala Quinta Civil Familia del Tribunal Superior de la misma ciudad incurrieron en una vía de hecho por defecto fáctico al no determinar con exactitud la naturaleza del inmueble objeto de un proceso de pertenencia ejercido contra el Inurbe en liquidación.

 

Según el fallo, los juzgadores omitieron la práctica de pruebas esenciales para resolver el conflicto. Por esa razón, el alto tribunal dejó sin efectos el auto que le puso fin al periodo probatorio, para que se definiera si el predio era un bien público o privado.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-1013, dic. 7/10, M. P. María Victoria Calle)

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