15 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Opinión / Análisis


Exportación de mercenarios colombianos: un estudio del caso bajo la Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios

14 de Enero de 2025

Reproducir
Nota:
220166
Imagen
Sin efectos fallo que desconoció precedente sobre flexibilización probatoria en caso de presunta ejecución extrajudicial (Bigstock)

Juan Carlos Portilla

Juan Carlos Portilla

Profesor de Derecho Internacional de la Universidad de la Sabana

Introducción

Los veteranos de las Fuerzas Armadas colombianas poseen una valiosa experiencia en la guerra de guerrillas, narcoterrorismo y las operaciones contrainsurgencia, resultado de años de lucha contra estos grupos armados en selvas y montañas del territorio nacional. Nuestros soldados forman parte de la élite mundial de los ejércitos del planeta. Pero, muchos excombatientes enfrentan dificultades económicas y escasas oportunidades en el país. Debido a esto, se ven obligados a buscar alternativas en el extranjero, a menudo combatiendo en tierras ajenas en busca de mejores recompensas financieras. Han llegado a convertirse en mercenarios en la arena internacional, participando cada vez más en conflictos globales cayendo en combate.

Hemos exportado 300 mercenarios para luchar junto a las Fuerzas de Apoyo Rápido (RSF) en la guerra civil de Sudán. Las RSF son un grupo paramilitar que lucha contra el gobierno sudanés. En total, 20 mercenarios colombianos fueron asesinados recientemente por drones en la región de Darfur (Sudán). El incidente provocó un intercambio diplomático entre Colombia y ese país africano. En diciembre de 2024, la esposa del expresidente César Gaviria y actual embajadora en Egipto, Ana Milena Muñoz de Gaviria, ofreció disculpas al gobierno sudanés por el episodio.

El caso de los mercenarios colombianos pone de relieve la necesidad de que la comunidad internacional se una en apoyo de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Reclutamiento, la Utilización, la Financiación y el Entrenamiento de Mercenarios (la Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios). Tristemente, Colombia no es parte de esta Convención. Abogamos ante el canciller Murillo y ante la comunidad internacional por una mayor aceptación e implementación de la Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios.

El caso de los mercenarios colombianos, la Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios y el derecho internacional

En medio de los conflictos en curso en Oriente Medio, Ucrania, Sudán y otras regiones, existe una demanda significativa de exsoldados experimentados, también conocidos como mercenarios. Colombia tiene un excedente de veteranos. Muchos, por pocos dólares, aceptan ofertas para luchar en el extranjero por conflictos ajenos a Colombia. En 2021, las autoridades de Haití detuvieron a 26 colombianos sospechosos de asesinar al presidente Jovenel Moise. Los detenidos afirmaron que habían sido reclutados como personal de seguridad privada. Uno de los colombianos recibió cadena perpetua. Exsoldados colombianos han terminado trabajando para capos de la droga mexicanos y otros luchando con milicias antigubernamentales en Sudán.

A pesar de la creciente demanda de mercenarios impulsada por los conflictos en curso en todo el mundo, el caso de los mercenarios colombianos ilustra una violación del derecho internacional.

El artículo 47 del Protocolo I de los Convenios de Ginebra negó el estatuto de combatiente a los mercenarios. Los mercenarios capturados no reciben automáticamente el estatuto de prisionero de guerra, pero pueden ser tratados humanamente y no pueden ser condenados sin juicio. La consecuencia clave es la pérdida de la inmunidad de combatiente; a diferencia de los combatientes legítimos, los mercenarios pueden ser procesados ​​por actos como el asesinato contra soldados enemigos. La Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios entró en vigor el 20 de octubre de 2001 y delinea la responsabilidad penal individual por conductas específicas asociadas con actividades mercenarias, denominadas aquí “delitos de la Convención”.

Estos delitos incluyen el reclutamiento, la utilización, la financiación o el entrenamiento de mercenarios; participación directa en hostilidades; tentativa de cometer un delito contemplado en la Convención o complicidad en un delito de ese tipo. Además, la Convención establece las responsabilidades de los Estados y prohíbe el reclutamiento, la utilización, la financiación o el entrenamiento de mercenarios. Colombia debería adoptar medidas legales para la exportación de mercenarios.

La investigación del lavado de dinero, la financiación del terrorismo y de la proliferación es una obligación bajo el derecho internacional que tanto las naciones como las instituciones financieras deben cumplir; sin embargo, la investigación de la financiación de mercenarios no es algo habitual en Colombia y en el mundo. En un informe publicado en 2024, las Naciones Unidas (ONU) explora los crecientes desafíos asociados con la financiación de mercenarios. Aunque la financiación de mercenarios es criminal, la financiación de los mercenarios sigue ignorada. Por primera vez, el informe de la ONU profundiza en los métodos y canales empleados por actores clave para financiar el mercenarismo a nivel mundial, analizando aspectos de los sistemas bancarios tradicionales y alternativos. La ONU ofrece una visión general del panorama financiero que permite su proliferación y destaca los vínculos entre la participación de mercenarios en conflictos armados, la duración prolongada de estos y las violaciones resultantes del derecho internacional. Es esencial mejorar la regulación para destruir las vías de financiación del mercenarismo.

Desafíos para la ratificación-aceptación de la Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios

Actualmente, la Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios ha sido ratificada por pocos Estados. Esta Convención ha experimentado una aceptación internacional lenta. Después de más de tres décadas, menos del 20 % de los miembros de las Naciones Unidas son partes en ella. Ningún miembro permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas la ha ratificado, y solo un número limitado de grandes potencias militares lo han hecho. Esto se puede atribuirse a la polémica creencia de que las grandes potencias apoyan el mercenarismo, porque sirve a sus propios intereses en la política internacional.

Conclusión

El caso de los mercenarios colombianos destaca la necesidad de un apoyo global a la Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios. Es urgente investigar la financiación de los mercenarios. A pesar de su importancia, la investigación penal por dicha financiación a menudo no se adelanta por parte de las naciones de la comunidad internacional. Una mayor aceptación e implementación de la Convención de las Naciones Unidas sobre Mercenarios para abordar estos desafíos es crucial. ¡Pilas Canciller Murillo!

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites

Paute en Ámbito Jurídico.

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)