Supersalud no puede administrar y liquidar una dirección territorial de salud (3:42 p.m.)
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01 de Octubre de 2014
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La Superintendencia de Salud (Supersalud) solo tiene potestad para intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de salud, pero no puede administrarlas ni liquidarlas, es decir, no está facultada para tomar posesión inmediata de sus bienes, haberes y negocios, aseveró la Sección Primera del Consejo de Estado. En ese sentido, recordó que los departamentos gozan de autonomía para gestionar y decidir sus asuntos e intereses, determinar su propia estructura administrativa y organizacional y administrar sus recursos, teniendo en cuenta los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad. Por tanto, la liquidación de dichas entidades es una atribución propia del gobernador y la asamblea correspondiente, indicó la corporación (C. P. Guillermo Vargas).
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