Reconocimiento de la dotación en dinero solo procede cuando el empleado se retira del servicio
04 de Mayo de 2022
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 1310 del 2009, la dotación como prestación social de la cual son titulares los agentes de tránsito, para efectos de la consulta, corresponde al suministro de tres dotaciones anuales de uniforme completo por la entidad correspondiente para uso durante la ejecución de sus funciones.
Así mismo, dispone la norma, el material del uniforme deberá ser determinado por el organismo de tránsito, de conformidad con el clima. En todo caso, deberá garantizar la seguridad del agente en todas las actividades que realice bajo techo y en vía.
Por lo tanto, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, los empleados en servicio activo tienen derecho al suministro en forma gratuita de tres dotaciones anuales de uniforme completo, insignias, distintivos y equipo, según la reglamentación que expida cada ente territorial.
Compensación en dinero
De acuerdo con lo previsto por la Corte Constitucional, en la Sentencia C-710 de 1996, la prohibición de compensar la dotación en dinero rige solo durante la vigencia de la relación laboral, de manera que finalizada esta el trabajador podrá solicitar al juez correspondiente su pago, si demuestra que durante la vigencia del contrato el empleador no cumplió con el suministro.
En este evento, señaló la entidad, la prestación incumplida se pagará en dinero, pues es un derecho que tiene el trabajador y al que no puede renunciar. Además, sería ilógico que una vez finalizada la relación laboral se condene al trabajador a recibir un vestido de labor que no necesita.
Así las cosas, el reconocimiento en dinero de la dotación solo procede una vez el empleado se retira del servicio sin que la entidad se la hubiere entregado, según lo previsto en la normativa correspondiente.
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