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Inexequible norma que modifica el alcance material del régimen de inhabilidades para elegir diputados

La norma demandada hace menos estrictas las causales de inhabilidad de los diputados, frente a las causales de inhabilidad previstas para los congresistas.
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22 de Noviembre de 2021

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La Corte Constitucional declaró inexequible el parágrafo del artículo 6 de la Ley 1871 del 2017, por medio de la cual se dictan el régimen de remuneración, prestacional y seguridad social de los miembros de las asambleas departamentales y se dictan otras disposiciones.

Según el alto tribunal, la norma acusada, que es una ley interpretativa, se refiere a una norma anterior, a la que le fija su sentido, por lo que modifica el alcance material de las normas interpretadas, desconociendo la prohibición del artículo 299 de la Constitución.

En efecto, señaló, la norma demandada hace menos estrictas las causales de inhabilidad de los diputados, frente a las causales de inhabilidad previstas en el artículo 179 de la Constitución para los congresistas, a partir de una interpretación restrictiva de la expresión “Departamento”.

El desconocimiento de la prohibición constitucional se constató por la Corte en las causales en las cuales la aludida expresión es un elemento para configurar la inhabilidad (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).

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