Entidades públicas pueden exigir como requisito para nombrar en un empleo experiencia profesional relacionada
08 de Junio de 2023
En relación con la experiencia como requisito para ser nombrado en un empleo público, la normativa dispone que la experiencia profesional es aquella adquirida a partir de la terminación y aprobación de todas las materias que conforman el pensum académico de educación superior, mientras que la experiencia relacionada se adquiere en el ejercicio de empleos o actividades que tengan funciones similares a las del cargo a proveer.
La experiencia deberá acreditarse mediante la presentación de constancias expedidas por la autoridad competente de las respectivas instituciones oficiales o privadas y mediante declaración del interesado cuando haya ejercido su profesión o actividad en forma independiente. Para el efecto, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, las certificaciones o declaraciones de experiencia deberán contener, como mínimo, el nombre o razón social de la entidad o empresa, tiempo de servicios y la relación de funciones o actividades.
Así las cosas, es viable que una entidad pública exija como requisito para ser nombrado en un empleo acreditar experiencia profesional relacionada con las funciones del cargo, evento en el cual el empleado deberá acreditar haber desempeñado otros empleos o cargos o actividades que guarden cierta similitud con las funciones que debería desempeñar, en caso de que fuera nombrado en el cargo para el cual se ha presentado, siempre que haya desempeñado estos empleos luego de haber terminado y aprobado el pensum académico de educación superior
En todo caso, previo a realizar el nombramiento, el jefe de la unidad de personal deberá verificar y certificar que el aspirante cumple a cabalidad con los requisitos y competencias exigidos en la Constitución, la ley, los reglamentos y los manuales de funciones y de competencias laborales para ejercer el empleo.
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