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Sostener que es innecesario motivar la desvinculación de los provisionales deviene de un análisis constitucional: Consejo de Estado (9:51 a.m.)

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04 de Abril de 2012

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El acto de retiro del servicio de un empleado en provisionalidad se presume encaminado al buen servicio y se puede ejercer en cualquier momento, sin necesidad de que se consignen las razones o motivos que determinan la decisión. El Consejo de Estado señaló que la Corte Constitucional se ha apartado de esta tesis y la ha calificado de inconstitucional. Contrario a ello, la Sección Segunda aclaró que no motivar la desvinculación de los provisionales encuentra fundamento en el artículo 125 de la Constitución, donde se señalan las causales de retiro de los empleados de carrera. En ese sentido, como los empleados provisionales ingresan al servicio por razones discrecionales, no pueden ampararse en esas causales de retiro. De esta forma, reiteró que cuando el provisional demanda el acto de desvinculación debe demostrar que los motivos o fines que tuvo la administración son ajenos al interés público (C.P. Luis Rafael Vergara Quintero).

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