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La Ley 33 de 1985 no establece en forma taxativa los factores salariales que conforman la base de liquidación pensional (8:23 a.m.)

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08 de Noviembre de 2010

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El Consejo de Estado recordó los diferentes alcances que le ha dado al artículo 3º de la Ley 33 de 1985, en el que se establece los factores salariales que deben constituir el ingreso base de liquidación pensional. En esta oportunidad, unificó esos criterios para advertir que la Ley 33 no indica en forma taxativa, sino enunciativa, los factores que conforman la base de liquidación pensional. A juicio del alto tribunal, esta interpretación de la norma garantiza los principios de igualdad material, primacía de la realidad sobre las formalidades y favorabilidad en materia laboral. De esta forma, concluyó que se deben incluir en la base de liquidación todos aquellos factores salariales que fueron devengados por el trabajador, previa deducción de los descuentos por aportes que dejaron de efectuarse (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).

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