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Venta de SOAT está gravada con el impuesto sobre la ventas (4:25 p.m.)

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31 de Julio de 2019

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La exoneración de pago del impuesto sobre las ventas es de carácter restrictivo, por lo que debe entenderse que los bienes y servicios que no han sido expresamente clasificados por el legislador como exentos o excluidos del impuesto están gravados con el mismo. Por lo tanto, indicó la Dian, al contrario de lo que sugiere el consultante, quien indica que la exclusión de la venta de SOAT está prevista en el artículo 427 del Estatuto Tributario, que excluye las pólizas de seguros de vida por accidentes personales, este es un seguro que cubre lesiones personales que resulten únicamente de un accidente de tránsito, por lo que está condicionado a la existencia de un automóvil y no de la persona expuesta a sufrir daños y, además, está en cabeza del propietario y/o conductor de un vehículo que transite por el territorio colombiano, de manera que difiere de los seguros de vida mencionados y, por lo tanto, la operación está gravada. Así mismo, precisó la entidad, las comisiones derivadas de la venta de SOAT están sujetas al impuesto.        

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