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Uniones temporales deben inscribirse en el RUT, independientemente de contratar con el Estado o particulares (2:23 p.m.)

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29 de Noviembre de 2017

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Las uniones temporales deben inscribirse en el RUT en forma previa al inicio de la actividad económica, independientemente de que el consorcio o unión temporal haya sido constituido para contratar con el Estado o con fines particulares, indicó la Dian. Para formalizar dicha inscripción, es necesario allegar los documentos previstos en el artículo 10 literal d) del Decreto 2460 del 2013, que reglamentó el artículo 555-2 del Estatuto Tributario. En este sentido, la entidad aclaró que se debe allegar fotocopia del contrato o documento equivalente mediante el cual se identifique la actividad que se pretenda desarrollar.     

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