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La actividad primaria avícola no está sujeta al impuesto de industria y comercio (2:08 p.m.)

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10 de Junio de 2010

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Por prohibición expresa de la Ley 14 de 1983 y del Decreto 352 del 2002, la actividad primaria avícola no está sujeta al impuesto de industria y comercio, señaló el Consejo de Estado. Según el alto tribunal, la producción avícola adquiere el carácter de primaria cuando en la actividad de reproducción y cría de aves de corral no se involucra ningún tipo de elaboración o transformación y la transformación de pollos, patos, gansos y demás aves solo existe cuando se venden productos de estos animales como jamón, mortadela, salchichas y demás. Por esta razón, el consejo concluyó que la incubación y reproducción de aves de corral, así como la distribución, comercialización y venta de productos avícolas no son actividades industriales, por lo que no están gravadas con el impuesto de industria y comercio (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).

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