IPS puede facturar servicios con la facturación autorizada de la EPS a la cual pertenece (3:20 p.m.)
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07 de Septiembre de 2012
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Sin importar las normas fiscales que contemplan la obligación de facturar a quienes presten servicios inherentes a profesiones liberales, como es el caso del servicio a la salud, las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS) de propiedad de empresas promotoras de salud (EPS) pueden facturar los servicios mencionados con la facturación autorizada a la EPS con la que conforman unidad de negocios, sin que sea posible que facturen entre sí por las diferentes operaciones, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La entidad recordó el Concepto 6459 de 1999, según el cual no es procedente facturar bienes o servicios prestados entre las diferentes dependencias de una misma empresa.
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