Introducción de mercancía extranjera a zona franca está exenta del impuesto sobre las ventas (2:56 p.m.)
80305
13 de Abril de 2012
Escucha esta noticia audio generado con IA
Si la mercancía extranjera es vendida y despachada directamente a la zona franca no se considera importada y, por lo tanto, no se da el hecho generador del impuesto sobre las ventas, de conformidad con lo previsto en el artículo 394 del Decreto 2685 de 1999 y el artículo 481 del Estatuto Tributario, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Así las cosas, la venta de mercancía extranjera efectuada por un proveedor establecido en territorio nacional a un usuario de zona franca está exenta del tributo.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!