Información contable se puede reconstruir con copias que reposen en manos de terceros (2:18 p.m.)
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13 de Septiembre de 2018
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Si la información contable ha desaparecido o está incompleta debe reconstruirse con los documentos soportes con que cuente la compañía o con la copia de los mismos que repose en manos de terceros. Si se trata de la copia es necesario dejar nota de las circunstancias, indicando el motivo de la reposición, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Los nuevos marcos normativos de información financiera, contenidos en el Decreto 2420 del 2015, no hacen referencia a la pérdida y reconstrucción de los libros de contabilidad, por lo que se deben aplicar las disposiciones previstas en el artículo 135 del Decreto 2649 de 1993.
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