Información contable puede reconstruirse con copias que estén en poder de terceros (2:31 p.m.)
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09 de Noviembre de 2018
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La información contable que ha desaparecido o está incompleta puede reconstruirse con los documentos soporte con los que cuente la compañía o con la copia de los mismos que repose en poder de terceros. Para ello, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, se deberá dejar constancia de esta circunstancia indicando el motivo de la reposición. Los nuevos marcos normativos contenidos en el Decreto 2420 del 2015 (DUR de normas de Contabilidad, Información Financiera y Aseguramiento de la Información) no hacen referencia a la pérdida y reconstrucción de libros de contabilidad, por lo que se deben aplicar las disposiciones previstas en el artículo 135 del Decreto 2649 de 1993.
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