El contrato adecuado para el revisor fiscal es el de prestación de servicios (3:57 p.m.)
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29 de Diciembre de 2015
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Según el artículo 46 de la Ley 43 de 1990, el revisor tiene que firmar contrato luego de acordar honorarios basados en sus capacidades técnicas y científicas, recordó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en concepto emitido este año. Además, la institución recordó que el incumplimiento de las funciones estipuladas en el texto del contrato da cabida para la terminación unilateral del acuerdo.
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