Cuando los créditos han sido objeto de varias reestructuraciones previsiones del riesgo deben ser más rigurosas (11:06 a.m.)
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11 de Diciembre de 2015
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La Sección Primera del Consejo de Estado explicó que el artículo 1.4.1.4 de la Circular Básica Contable y Financiera 100 de la Superintendencia Bancaria establece una clara directriz para establecer, en este tipo de créditos, provisiones o reservas más altas. Según la normativa, entre más operaciones reestructuradas se hayan otorgado a un mismo deudor, se entiende que mayor será el riesgo de no pago de la obligación. Para la sala, la medida se estima más que razonable, pues no es lo mismo tomar medidas de provisión sobre un crédito que ha sufrido un solo evento de mora que frente a otro respecto del cual el deudor ha incumplido varias veces. Lo anterior, añadió, concuerda con lo dispuesto en los numerales 1.2 y 5.3.3 de la mencionada Circular Básica Contable y Financiera. Por último, la providencia recordó que las entidades vigiladas deben considerar la historia del respectivo crédito en su conjunto, a fin de tomar las medidas asociadas al riesgo, en lugar de hacer caso omiso de las moras que en el pasado hubiere tenido un crédito reestructurado, so pretexto de aminorar la respectiva provisión (C.P. Roberto Serrato).
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