Tributario
Adoptan nueva clasificación de actividades económicas para fines tributarios
La norma, que deroga la Resolución 432 del 2008, entrará en vigencia el próximo 1º de diciembre03 de Diciembre de 2012
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adoptó la nueva clasificación de actividades económicas, a la que deberán sujetarse los entes privados y públicos para el control, la determinación de impuestos y demás obligaciones tributarias.
De acuerdo con la Resolución 139 del pasado 21 de noviembre, las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar declaración de renta y complementarios e ingresos y patrimonio correspondientes al año gravable 2012 deben informar su actividad económica principal según esta clasificación.
Además, advierte que, a más tardar el 31 de enero del 2013, todos los contribuyentes y usuarios aduaneros tendrán que actualizar la información de actividades económicas en el RUT, si la codificación cambia con respecto a la nomenclatura actual.
La norma, que deroga la Resolución 432 del 2008, entrará en vigencia el próximo 1º de diciembre.
(DIAN, Resolución 139, nov. 21/12)
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