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Trabajadores de zonas francas podrán realizar sus labores fuera del área de exclusividad

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18 de Marzo de 2020

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Con el fin de tomar medidas preventivas y unir esfuerzos para contener los efectos de propagación de la pandemia global provocada por el covid-19 en el país, el Ministerio de Comercio expidió un decreto con medidas transitorias para articular la normativa de las zonas francas con los lineamentos de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional (Resolución 385 del 12 de marzo del 2020, expedida por Minsalud). La norma permitirá, de manera temporal y hasta por el término que dure la declaratoria de la emergencia sanitaria, que los empleados de las zonas francas realicen su labor fuera del área declarada y el usuario operador deberá autorizar la salida de los equipos de telecomunicación necesarios para el contacto entre el trabajador y la empresa. Igualmente, la reglamentación dispone que para las zonas francas transitorias declaradas a la fecha y que se ven obligadas a suspender sus eventos feriales se establece que el periodo de declaratoria podrá ser prorrogado por una sola vez y hasta por 12 meses.

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