Servicio de restaurante está gravado con el impuesto sobre las ventas (2:39 p.m.)
96490
26 de Mayo de 2014
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La actividad de los restaurantes no es vender alimentos, sino prepararlos y suministrarlos a los clientes, lo que implica una obligación de hacer y encuadra dentro de la definición de restaurante prevista en el artículo 9° del Decreto 422 de 1991, para efectos del impuesto sobre las ventas, pues el servicio se caracteriza por la preparación de comidas y su suministro en cualquier modalidad para ser consumidas dentro del local, llevadas por el comprador o entregadas a domicilio. Así lo señaló el Consejo de Estado, al tiempo que aclaró que la Ley 6ª de 1992 no derogó el decreto mencionado. La corporación hizo extensiva su conclusión a las preparaciones alimenticias a domicilio o hechas en la barra o mostrador para ser llevadas por los compradores para consumo fuera del lugar (C.P. Martha Teresa Briceño de Valencia).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!