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Servicio de arrendamiento del espacio público está gravado con IVA a la tarifa general del 19 %

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30 de Marzo de 2021

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El servicio de arrendamiento del espacio público está gravado con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general del 19 %, de manera que el responsable del impuesto debe cumplir con las obligaciones inherentes a dicha calidad y que legalmente le han sido atribuidas, entre ellas facturar, recaudar, declarar y pagar el impuesto generado en las operaciones gravadas, sin perjuicio de las disposiciones normativas que establecen los términos en que se deben arrendar dichos espacios, precisó la Dian. Para efectos de la consulta, la entidad señaló que la condición de responsable del impuesto sobre las ventas se da sobre los sujetos de que trata el artículo 437 del Estatuto Tributario, sin que las empresas industriales y comerciales del Estado estén exceptuadas de responsabilidad cuando lleven a cabo los hechos generadores del tributo. De otra parte, el artículo 476 consagra los servicios excluidos, dentro de los cuales en el numeral 15 solo está el servicio de arrendamiento de inmuebles para vivienda y el de espacios para exposiciones y muestras artesanales nacionales, incluidos los eventos artísticos y culturales.        

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