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Retención en la fuente por pagos con tarjeta de crédito y/o débito por concepto de transporte internacional prestado por empresas colombianas es de 1,5% (10:06 a.m.)

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21 de Octubre de 2010

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Los pagos y abonos en cuenta derivados del servicio de transporte internacional prestado por empresas colombianas de transporte aéreo o marítimo, que se realicen a través de los sistemas de tarjetas de crédito y/o débito, están sujetos a retención en la fuente a título de renta a la tarifa general del 1,5%, pues no existe disposición especial que contemple una tarifa inferior, conforme a lo previsto en el artículo 17 del Decreto 406 del 2001, señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por su parte, señaló la entidad, los pagos o abonos por concepto del mismo servicio, pero prestado por empresas sin domicilio en el país, están sujetos a retención a la tarifa del 3%.

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