17 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Reconstrucción de la contabilidad se realiza dentro de los seis meses siguientes a su pérdida (4:39 p.m.)

27 de Septiembre de 2019

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Nota:
113550
Los registros en los libros deben reconstruirse dentro de los seis meses siguientes a su pérdida, extravío o destrucción, teniendo en cuenta para ello los comprobantes de contabilidad, las declaraciones tributarias, los estados financieros certificados, informes de terceros y los demás documentos que se consideren pertinentes, recordó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Cuando no se obtengan los documentos necesarios para reconstruir la contabilidad, el ente económico debe hacer un inventario general a la fecha de ocurrencia de los hechos para elaborar los respectivos estados financieros.           

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