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Queja sobre la exposición de una copropiedad a riesgos injustificados por parte del revisor fiscal debe presentarse ante la JCC (3:00 p.m.)

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29 de Diciembre de 2015

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública solo es competente para pronunciarse sobre la legislación relativa a la aplicación de principios de contabilidad y el ejercicio de la profesión. Por lo tanto, si una persona está interesada en un pronunciamiento acerca de la exposición de una copropiedad a riesgos injustificados por parte del revisor fiscal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 43 de 1990, puede presentar la queja formal, debidamente fundamentada, ante el tribunal disciplinario de la Junta Central de Contadores (JCC), organismo encargado de ejercer inspección y vigilancia para garantizar que la profesión de contaduría pública se ejerza de acuerdo con las normales legales, sancionando a quienes violen tales disposiciones, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. De otra parte, señaló que todas las transacciones deben registrarse en la contabilidad, reconociendo los hechos económicos realizados y reflejando su efecto en la situación económica de la propiedad, bien sea como un beneficio o como un sacrificio económico para la misma.    

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