Precisan renta de sociedades extranjeras que integran consorcios en virtud de un contrato llave en mano (4:12 p.m.)
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16 de Diciembre de 2019
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Las sociedades extranjeras son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios respecto de sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional, de manera que deberán reconocer los ingresos derivados de un contrato ‘llave en mano’, para efectos de la consulta, como ingresos de fuente nacional en los términos del numeral 15 del artículo 24 del Estatuto Tributario, indicó la Dian. En el evento en que el contratista del mencionado contrato sea un consorcio del cual es miembro una sociedad extranjera, esta deberá declarar de manera independiente los activos, pasivos, ingresos, costos y deducciones que le correspondan, de acuerdo con su participación, tal y como lo establece el artículo 18.
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