Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Precisan excepciones respecto a la aplicación y vigilancia de reglamentos técnicos por parte de la Superindustria (2:26 p.m.)

102642

15 de Octubre de 2015

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución 80457 del pasado 6 de octubre, adicionó un numeral al capítulo I del título IV de la Circular Única, en el sentido de precisar las excepciones respecto a la aplicación y vigilancia de reglamentos técnicos y establecer los lineamientos cuando los productos ingresan al país por una excepción y deben presentar registro de importación para ser verificados. De acuerdo con la norma, los importadores que pretendan ingresar productos al país sujetos al cumplimiento de algún reglamento técnico, sin demostrar la conformidad de los mismos, amparados por alguna situación de excepción establecida en el propio reglamento, deberán presentar registro de importación por la ventanilla única de comercio exterior (VUCE), informando la excepción a la cual se acogen y las pruebas que la soporten.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)