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Para servicios informáticos, Dian regula uso de firma electrónica (10:27 a.m.)

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08 de Noviembre de 2016

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Mediante la Resolución 0070, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) habilitó el uso del instrumento de firma electrónica (IFE) en los servicios informáticos electrónicos de la entidad para el cumplimiento de obligaciones y operaciones, el cual sustituye para todos los efectos el mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital en los documentos y trámites realizados por personas naturales que actúen a nombre propio y/o que representen a otra persona natural o jurídica, quienes para este efecto se denominarán suscriptores. Según la norma, el IFE es la combinación de una identidad electrónica (IE) y un código electrónico (CE) que sirve para el cumplimiento de deberes formales y tareas electrónicas habilitadas en los servicios electrónicos de la entidad. Es de advertir que para poder utilizar este mecanismo el usuario deberá firmar el Acuerdo de F. E. (Acuerdo de Firma Electrónica), el cual establece, entre otras, las condiciones legales y técnicas, medidas de seguridad y condiciones de uso que debe observar para su funcionamiento, según el Decreto 2364 del 2012.

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