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No excluir los aportes poseídos en sociedades nacionales de la base del impuesto al patrimonio es una omisión legislativa: DIAN (3:48 p.m.)

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23 de Agosto de 2010

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En concepto de junio, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales precisó que en el artículo 4 de la Ley 1370 del 2009, que extendió la vigencia del impuesto al patrimonio, existe una omisión legislativa, pues no permite que los aportes poseídos en sociedades nacionales se excluyan de la base del impuesto y solo se refiere a las acciones. El precepto está demandado ante la Corte Constitucional y se solicitó la exequibilidad condicionada del aparte “de las acciones poseídas” del artículo mencionado, en el entendido que la expresión incluya los aportes poseídos en sociedades limitadas y asimiladas.

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