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Modifican características para el suministro de información tributaria del año gravable 2016 (11:08 a.m.)

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18 de Abril de 2017

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) modificó el numeral 18.6 del artículo 18 de la Resolución 000112 del 29 de octubre del 2015, sobre el grupo de obligados que deben presentar información tributaria correspondiente al año gravable 2016. En este sentido, el numeral mencionado establece la información del saldo de los pasivos a 31 de diciembre, en el caso de acreedores cuyo saldo acumulado sea igual o superior a $ 1.000.000 o cuando el saldo total al 31 de diciembre sea de $ 100.000.000. También se modificó el numeral 18.7, sobre la información de los deudores de créditos y de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional. 

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