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Actualizado hace 5 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Perito contable debe ser contador público, considerando su experticia en el manejo de la contabilidad

10 de Octubre de 2022

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública resolvió una consulta relacionada con la posibilidad de que un matemático, con estudios de magíster en economía y doctorado en economía, pueda rendir ante un juez un dictamen pericial financiero elaborado a partir de los estados financieros de propósito general y centros de costos de una sociedad comercial.

La entidad señaló que un dictamen pericial financiero elaborado a partir y con fundamento en los estados financieros de propósito general y centros de costos de una sociedad comercial se basa en la práctica técnico-contable, siendo necesario que el informe cuente con un estudio en dicha materia y que sustente los hallazgos una vez surtido el análisis, considerando los preceptos establecidos en la Ley 43 de 1990 y el anexo 4 del Decreto 2420 del 2015.

De otra parte, recordó, la contaduría pública es una profesión que tiene como fin satisfacer necesidades de la sociedad, mediante la medición, evaluación, ordenamiento, análisis e interpretación de la información financiera de las empresas o los individuos y la preparación de informes sobre la correspondiente situación financiera.

En este orden, el contador público, como depositario de la confianza pública, da fe pública cuando con su firma y número de tarjeta profesional suscribe un documento en el que certifique sobre determinados hechos económicos. Dicha certificación hará parte integral de la información examinada.

Así las cosas, precisó la entidad, es el contador público quien actúa como auxiliar de la justicia en los casos en que señala la ley, como perito expresamente designado para ello, cuya experticia consiste en el manejo de las técnicas que soportan la contabilidad en Colombia, en los términos del artículo 38 de la citada Ley 43 de 1990.

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