A menos que el contrato que finaliza diga lo contrario, contador no debe entregar el paquete contable de su propiedad (3:04 p.m.)
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24 de Noviembre de 2014
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Al finalizar el vínculo contractual es deber del contador público revisar las condiciones del mismo y determinar los papeles, documentos e informes que debe entregar. En todo caso, si el paquete contable en el que se registró la información no es un activo de la empresa, esta no le podrá exigir la entrega, a menos que el contrato así lo disponga, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Así mismo, señaló que los derechos y obligaciones del contador terminan en la fecha en que finaliza el vínculo con la persona natural o jurídica que solicitó sus servicios, por lo que debe dejar resueltos todos los aspectos relacionados con su ejercicio profesional hasta ese momento. Es recomendable elaborar una acta de entrega como medio de prueba, precisó la entidad.
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