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Materializada la opción de compra, mercancía importada temporalmente debe estar amparada con una declaración ordinaria (1:54 p.m.)

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13 de Junio de 2012

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Una vez materializada la opción de compra en una importación temporal a largo plazo, la mercancía necesariamente debe estar amparada con una declaración de importación ordinaria, en virtud del cambio de contrato de arrendamiento en compraventa. En este evento, la mercancía no puede permanecer en el territorio aduanero nacional al amparo de una modalidad que no le corresponde, señaló la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Una cosa es ejercer la opción de compra y otra el hecho de su materialización, indicó la entidad.

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