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Actualizado hace 15 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Ferias de exposición son responsables de impuesto a espectáculos creado para financiar guerra con Perú (12:27 p.m.)

31 de Julio de 2015

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Nota:
103906
Ello se explica porque se acogen a las circunstancias de los artículos 83 y 84 del Decreto 352 del 2002, que le permiten al Distrito Capital cobrar el impuesto por la realización de espectáculos públicos, sentenció el Consejo de Estado. A pesar del carácter transitorio del antiquísimo tributo, fijado en 1932, la providencia aclara que este nunca desapareció y explica cómo fue prorrogado sucesivamente, a pesar de las trasformaciones en su objeto. Indicó que el gravamen, que tuvo origen en el artículo 7º de la Ley 12 de 1932, pasó de financiar la amortización de la deuda generada en virtud de los gastos provocados por la guerra entre Colombia y Perú a solventar los costos de acueductos, alcantarillados, locales escolares, hospitales y plantas eléctricas, para convertirse, finalmente, en impuesto permanente, de propiedad del Distrito Capital y los municipios. Explicó que si bien en su forma original el cobro estaba previsto hasta que se amortizara la deuda generada por la guerra, el artículo 2º del Decreto 503, expedido antes de lograr ese cometido, prorrogó indefinidamente el impuesto, que se cobraría una vez finalizada la aludida amortización, pues su nuevo propósito era la financiación de las obras locales ya mencionadas. Finalmente, el artículo 223 del Decreto Ley 1333 de 1986 estableció que los tributos del artículo 7º de la Ley 12 de 1932 pasarían a ser de propiedad exclusiva de Bogotá y los municipios (C.P. Jorge Octavio Ramírez).

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