EXTRA: Dian amplía plazo para implementar el anexo 1.8 de la factura electrónica
02 de Agosto de 2021
La Dian expidió la Resolución 0063, que define aspectos relacionados con el documento equivalente, documento soporte de nómina electrónica, registro de facturas electrónicas como título valor RADIAN y anexo técnico 1.8 de factura electrónica. La resolución indica que debe adoptarse el anexo técnico del documento soporte de adquisiciones a sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente a partir del 31 de enero del 2022.
Cabe mencionar que el plazo para implementarlo estaba previsto para el 1º de agosto de este año.
Teniendo en cuenta las solicitudes de contribuyentes para ampliar el plazo para poder continuar realizando pruebas de funcionalidad, se dispuso que el servicio de factura electrónica con la versión del anexo técnico 1.8 estará disponible el próximo 18 de agosto. Respecto de las funcionalidades para habilitación, generación, transmisión, validación de los servicios RADIAN y nómina electrónica estará disponible en la misma fecha. (Lea: Dian modificaría fecha máxima para adoptar anexo técnico del documento soporte de la factura electrónica)
Por tanto, solo a partir de ese día los responsables deben iniciar las actividades de habilitación del software para transmitir a validación los documentos de estos servicios. Quienes realicen las actividades de habilitación en el servicio informático de la entidad para RADIAN y nómina electrónica, antes de la fecha programada, tendrían que volver a realizarlas a partir del 18 de agosto.
Mario Márquez, gerente de Factura Electrónica de la Dian, explica los cambios en la transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica.
Calendario de implementación para sujetos de acuerdo con el número de empleados
Los sujetos clasificados en el Grupo 1 previsto en el numeral 1 del artículo 6 de la 0013, del 11 de febrero del 2021, podrán generar y transmitir el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, correspondiente al mes de septiembre de 2021, a más tardar el día 29 de octubre del 2021.
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