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Estas serían las fechas para presentar información exógena del año gravable 2022

La entidad recibirá comentarios y sugerencias sobre el proyecto de norma hasta el 24 de octubre, a través del correo: Subdir_Analisis_Opera_Programas@dian.gov.co.
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15 de Octubre de 2021

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La Dian publicó un proyecto de resolución con el cual definiría el grupo de obligados a suministrar información tributaria por el año gravable 2022. En la norma se determinaría el contenido y características técnicas para la presentación. Así mismo, se plantean los que serían los plazos para la entrega.

 

Por ejemplo, para grandes contribuyentes, según el último dígito del NIT, el plazo iría del 2 al 15 de mayo del 2023, o los dos últimos dígitos del NIT del informante cuando se trate de una persona jurídica y natural, cuyo plazo iría desde del 16 de mayo hasta el 5 de junio del 2023.

 

La norma indica que cuando la información no se suministre, no se entregue dentro de los plazos establecidos, el contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado dará lugar a lo contemplado en el artículo 651 del Estatuto Tributario. La información debe ser presentada en forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la autoridad tributaria, haciendo uso del instrumento de firma electrónica.

 

La entidad recibirá comentarios y sugerencias sobre el proyecto de norma hasta el 24 de octubre, a través del correo: Subdir_Analisis_Opera_Programas@dian.gov.co.

 

Este buzón es de uso exclusivo para recibir únicamente comentarios al proyecto de resolución. Una vez vencido el termino de publicación aquí previsto no se recibirán comentarios.

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