El mandamiento de pago es el acto idóneo para vincular al deudor solidario a un proceso de cobro coactivo (4:33 p.m.)
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29 de Enero de 2014
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Antes existía la tesis según la cual era necesario proferir un acto anterior al mandamiento de pago para vincular al deudor solidario a un proceso de cobro coactivo, pero a partir del 2009 (Sentencia 17103) el Consejo de Estado modificó ese criterio jurisprudencial y señaló que con posterioridad a la expedición de la Ley 6 de 1992, cuyo artículo 83 adicionó el artículo 828-1 del Estatuto Tributario, es el mandamiento de pago el acto idóneo para hacer efectiva tal vinculación, reiteró el alto tribunal (C.P. Carmen Teresa Ortiz de Rodríguez).
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