Ejecución de recursos de regalías se debe realizar a través del SPGR en cinco pasos
24 de Enero de 2024
El Ministerio de Hacienda recordó a gobernadores y alcaldes que la ejecución de los recursos de las regalías se debe realizar a través del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR) y para ello se deben tener en cuenta cinco pasos:
1. El interesado debe solicitar un usuario registrador ingresando a la página del Ministerio de Hacienda y diligenciar y guardar toda la información solicitada. Una vez recibe un correo con el vínculo de activación, deberá crear el perfil según la gestión (secretaría de planeación, presupuesto, contable y tesorería).
2. Si el proyecto de inversión es aprobado por la instancia competente y la información está actualizada en el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas (SUIFP), la respectiva secretaría de planeación o quien haga sus veces debe efectuar en el SPGR la asignación de apropiaciones del proyecto al ejecutor designado para que inicie la ejecución.
El @MinHacienda recuerda a gobernadores y alcaldes que la ejecución de los recursos de las regalías se debe realizar a través del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR). Tenga en cuenta los siguientes pasos: https://t.co/9OR62X5l0J. pic.twitter.com/j7ajMWUJnh
— MinHacienda (@MinHacienda) January 23, 2024
3. El ejecutor del proyecto de inversión deberá registrar en el SPGR el cronograma de flujos previsto para que la respectiva secretaría de planeación o quien haga sus veces lo revise, asignando así cupo de caja, que será validado en el registro presupuestal de la orden de pago.
4. Antes de iniciar el proceso contractual, es necesario que se expida en el SPGR el certificado de disponibilidad presupuestal para garantizar la apropiación disponible y libre de afectación para el compromiso. Dicho certificado es expedido desde el SPGR como el único documento formal para el inicio de un proceso contractual.
5. Para efectuar el pago al destinatario final, una vez adjudicado el contrato y previo al registro presupuestal del compromiso, es necesario que la entidad ejecutora registre en el SPGR el contratista o tercero (se valida con la Dian) del compromiso, al igual que la cuenta bancaria (se valida con el sistema financiero) en la que se efectuarán los pagos.
Se debe tener en cuenta los dos días que requiere el Tesoro Nacional para efectuar el pago. Los recursos de las deducciones causadas deben ser solicitados por la entidad a través de órdenes de pago no presupuestales.
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites. www.ambitojuridico.com/suscribete.
Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui.
Opina, Comenta