Dian modifica aspectos de la declaración de renta a través de medios electrónicos
18 de Septiembre de 2023
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó la resolución que modifica y adiciona la Resolución 12761/11 y modifica parcialmente la Resolución 70/16, sobre la declaración por medios electrónicos.
Estos fueron los cambios:
i) Artículo 1: modifica el numeral 14 del artículo 1 de la Resolución 12761 del 2011, el cual quedará así:
Numeral 14: los representantes, revisores fiscales y contadores de los obligados a presentar las declaraciones de manera virtual señalados en el presente artículo.
ii) Artículo 2: adiciona al numeral 15 al artículo 1 de la Resolución 12761/11, el cual quedará así:
Numeral 15: las personas naturales y sucesiones ilíquidas obligadas a presentar declaración Dian recuperó $ 26,6 billones por evasión de impuestos en el 2022).
del impuesto sobre la renta y complementario y aquellas que lo hagan de manera voluntaria en los términos del parágrafo del artículo 6 del Estatuto Tributario. (Lea:iii) Artículo 3: Inicio de la obligación: los nuevos obligados señalados en los artículos 1 y 2 de la presente resolución deberán presentar en lo sucesivo sus declaraciones a través de los servicios informáticos de la Dian haciendo uso del instrumento de firma electrónica (IFE) a partir del 18 de septiembre del 2023.
Quienes a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución estén obligados a presentar sus declaraciones de manera virtual deben continuar haciéndolo de esta forma.
iv) Artículo 4: Procedimiento previo a la presentación de las declaraciones a través de los servicios informáticos. Los nuevos obligados a presentar las declaraciones a través de los servicios informáticos haciendo uso del instrumento de firma electrónica (IFE) deberán, previamente, habilitar la cuenta de usuario ante la Dian.
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