Depósito habilitado responde por tributos aduaneros a partir de la sustracción o pérdida de mercancías
Están obligados a recibir, custodiar y almacenar únicamente aquellas mercancías que pueden permanecer en sus recintos.28 de Noviembre de 2023
El artículo 110 del Decreto 1165 del 2019 establece, entre otras cosas, que los depósitos habilitados están obligados a recibir, custodiar y almacenar únicamente aquellas mercancías que pueden permanecer en sus recintos y a recibir, custodiar y almacenar las mercancías sometidas al régimen de importación, exportación o a la modalidad de transbordo.
A su vez, el artículo 112 señala que los depósitos habilitados serán responsables ante la Dian por el pago de los tributos aduaneros de las mercancías sustraídas o perdidas en sus recintos.
Así las cosas, a partir de la ocurrencia de la sustracción o pérdida de las mercancías, los depósitos habilitados están obligados al pago de los respectivos tributos aduaneros y, adicionalmente, estarán sometidos al pago de los respectivos intereses moratorios y sujetos a la sanción que corresponda, en los términos del Decreto-Ley 920 del 2023.
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