Demandan varias disposiciones relacionadas con el impuesto al patrimonio
15 de Enero de 2024
La Corte Constitucional admitió una demanda contra varios artículos del Estatuto Tributario adicionados por la Ley 2277 del 2022, sobre impuesto al patrimonio, los cuales, según el demandante, vulneran los artículos 13, 58, 83, 95 (9), 287, 317, 333, 338 y 363 de la Constitución Política.
Entre otros cargos, el texto de la demanda indica que el impuesto al patrimonio vulnera (i) los principios de justicia y equidad en materia tributaria, por tratarse de un impuesto permanente, y (ii) el principio de equidad y derecho a la propiedad, al ser un impuesto confiscatorio.
Sin una justificación constitucionalmente admisible, el demandante señala que una de las disposiciones cuestionadas da trato desigual a las sociedades o entidades extranjeras no declarantes de renta en Colombia que poseen bienes ubicados en Colombia diferentes a acciones, cuentas por cobrar y/o inversiones de portafolio, en comparación con las no declarantes que sí poseen acciones, cuentas por cobrar y/o inversiones de portafolio.
Así mismo, agrega, de una lectura integral de las normas no es clara e inequívoca la forma en la que (i) se causa el hecho generador y (ii) se determina la base gravable del impuesto al patrimonio para las sociedades o entidades extranjeras no declarantes de renta en Colombia y las personas naturales no residentes fiscales en Colombia, pues dentro del concepto del patrimonio líquido no se especifica qué deudas pueden ser detraídas por estos contribuyentes.
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