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Decretos reglamentarios únicos Definen normas para espectáculos culturales y el control fiscal de la boletería electrónica (8:00 a.m.)

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03 de Abril de 2017

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Los ministerios de Cultura y de Hacienda reglamentaron la Ley 1493 del 2011 y  modificaron el Decreto 1080 del 2015, único reglamentario del sector Cultura, y el Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria, para definir las condiciones del registro de productores de espectáculos públicos y la emisión y control de la boletería electrónica. En este sentido, se establecieron los requisitos para el registro de los productores a través de la página web del Ministerio de Cultura; los lineamientos para la clasificación de los productores de espectáculos; los requisitos de los documentos equivalentes a la factura manual o electrónica para el ingreso a espectáculos; el seguimiento e inversión de la contribución parafiscal y otros aspectos. Finalmente, los productores de espectáculos que se encuentren registrados en el Mincultura deberán complementar su registro con los requisitos faltantes en un plazo de seis meses.

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