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Condicionan norma sobre exención transitoria del 4 x 1.000 a las ESAL

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14 de Julio de 2020

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a Sala Plena virtual de la Corte Constitucional respaldó el Decreto 530 del 2020, el cual otorgó una exención transitoria en el pago del GMF o 4 x 1.000 sobre los dineros de entidades sin ánimo de lucro (ESAL) destinados a cubrir la crisis sanitaria y social y una exclusión de IVA para las donaciones en especie, salvo la expresión “por el tiempo que perduren las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia económica, social y ecológica de que trata el Decreto 417 del 2020”, que se declaró condicionadamente exequible, en el entendido de que las medidas adoptadas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, que concluyen en 31 de diciembre del 2021, de acuerdo con lo indicado en el parágrafo del artículo 47 de la Ley 137 de 1994. El magistrado Alberto Rojas Ríos salvó parcialmente el voto. (M. P. Alberto Rojas Ríos).

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