Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Transportador y/o agente de carga internacional tiene dos momentos para corregir información entregada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (4:01 p.m.)

71120

28 de Diciembre de 2010

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El transportador y/o agente de carga internacional tiene dos momentos para corregir la información entregada a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El primero (artículo 96 del Decreto 2685 de 1999), antes de presentarse el aviso de llegada del medio de transporte al territorio aduanero nacional, para modificar o corregir la información de los documentos de viaje y, el segundo (artículo 98 ibídem), dentro de las 12 o 24 horas, según sea el caso, siguientes a la presentación del aviso de finalización del descargue, para corregir errores de transcripción, cuando estos sean susceptibles de verificarse con los documentos que soportan la operación comercial. Así lo precisó la entidad, en concepto de noviembre.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)