Cero arancel para vehículos eléctricos, híbridos y exclusivos a gas procede para importaciones hechas hasta el 31 de diciembre del 2010 (8:55 a.m.)
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29 de Diciembre de 2010
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Decreto 2439 del 2010, que estableció cero arancel para un contingente de 100 vehículos eléctricos, híbridos y exclusivos a gas natural, procede la aplicación del gravamen, cuando estos sean importados a más tardar hasta el 31 de diciembre de 2010. Así lo precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en reciente oficio.
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