Base gravable de IVA en venta y prestación de servicios se determina por todos los factores del negocio
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20 de Enero de 2021
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Por regla general, la base gravable del impuesto sobre las ventas en la venta y prestación de servicios está determinada por la totalidad de los factores que conforman el negocio u operación, aunque dentro del mismo intervengan conceptos que, de ser considerados en forma individual, no causen el impuesto. Por lo tanto, precisó la Dian, cuando el servicio de transporte prestado forme parte de la operación de venta integrará la base gravable para liquidar el IVA en dicha operación, así se convenga o se facture por separado. De acuerdo con lo previsto en el numeral 9 del artículo 476 del Estatuto Tributario, sobre servicios excluidos del impuesto sobre las ventas, el servicio de transporte de carga está excluido, tratamiento para el cual debe cumplir con las condiciones y características legales y reglamentarias que han sido dispuestas.
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