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Noticias / Tributario


Autoridad tributaria puede establecer IBC a partir de rubros liquidados por obligado a declarar renta

28 de Diciembre de 2023

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El Consejo de Estado tuvo que determinar si para liquidar el IBC de las cotizaciones a pensión y salud era improcedente mensualizar los ingresos declarados por una persona natural en el impuesto sobre la renta.

Para ello precisó que el artículo 33 de la Ley 1438 del 2011 dispone que si existieran diferencias entre los montos declarados en las autoliquidaciones de impuestos presentadas ante la Dian, como sería la declaración del impuesto sobre la renta, y las bases de las cotizaciones deben ajustarse estas últimas conforme a los hechos denunciados en aquellas liquidaciones privadas.

Por ende, la Dian está habilitada para determinar los ingresos gravados con las contribuciones al SSSI a partir de la mensualización de los réditos declarados en el impuesto sobre la renta. Pero, en todo caso, el cotizante podría desvirtuar esa liquidación aportando los medios probatorios que den cuenta del periodo de su causación o de su desgravación, siendo las diferencias injustificadas gravables por la autoridad tributaria en forma mensualizada por mandato expreso del artículo 33 de la Ley 1438 del 2011.

Determinó la Sala que esto es así porque bajo el principio general de la carga de la prueba consagrado en el artículo 167 del Código General del Proceso (CGP), cuando se pretenda alterar el aspecto positivo de la base gravable (con la adición de ingresos u operaciones sometidos a tributación) la carga de la prueba se asigna a la autoridad que constituye el sujeto que invoca a su favor la modificación del caso.

No obstante, en aquellos casos en los que medie un despliegue probatorio cuya vocación permita cuestionar la veracidad de los hechos consignados en la declaración el llamado a comprobarlos es el sujeto pasivo o declarante (C. P.: Wilson Ramos Girón).

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