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Anulan disposición que amplió la base gravable de la contribución especial de la Superservicios (2:15 p.m.)

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11 de Septiembre de 2019

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La Sección Cuarta del Consejo de Estado anuló el artículo 1º de la Resolución SSPD-20111300008735, del 12 de abril del 2011, en el que se fijaron las erogaciones de gastos de funcionamiento asociados a la prestación de los servicios sometidos a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para la liquidación de la contribución especial prevista en el numeral segundo del artículo 85 de la Ley 142 de 1994. El alto tribunal explicó que su decisión se basa en el desconocimiento del principio de legalidad, infringido con la ampliación de la base gravable de la contribución referida (C. P. Milton Chaves).

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